CONVOCATORIA DIRECTOR(A) JUNIO

CONVOCATORIA DIRECTOR(A) JUNIO

CARGO                       
Director(a) Floristas Chile, representante del área de producción de flores
PERIODO                          
Noviembre 2020 – noviembre 2023
CIERRE POSTULACIÓN 
Martes 1 de junio para envío de documentación.
VOTACIÓN                   
Lunes 7 de junio en Asamblea

REQUISITOS                

Obligatorios por Estatuto

  1. Ser socio o la persona natural que representa a la Persona Jurídica Socia de Floristas Chile
  2. Cumplir con los requisitos exigidos en el artículo 10 del Decreto Ley 2757 de 1979. Que dice: Para ser director de una asociación gremial, se requiere:
    • Ser chileno. Sin embargo, podrán ser directores los extranjeros siempre que sus cónyuges sean chilenos, o sean residentes por más de cinco años en el país o tengan la calidad de representantes legales de una entidad, afiliada a la organización, que tenga a lo menos tres años de funcionamiento en Chile.
    • Ser mayor de 18 años de edad.
    • Saber leer y escribir.
    • No haber sido condenado por crimen o simple delito, y
    • No estar afecto a las inhabilidades o incompatibilidades que establezcan la Constitución Política o las leyes.
  3. Encontrarse al día en el pago de sus cuotas (como aún no se ejecuta este deber no aplica)

Importantes para el cargo

  1. Vínculo cercano con el área de producción de flores.
  2. Disponibilidad de al menos 2 horas semanales para reunión de equipo y realización de acciones fuera de esta reunión.

Deseables

  • Relaciones interpersonales positivas
  • Compromiso social
  • Trabajo en equipo
  • Probidad (moralidad, integridad y honestidad u honradez)
  • Responsabilidad
  • Liderazgo

RESPONSABILIDADES

Antecedentes de Directorio – Estatuto de la Asociación.
*Se recomienda la lectura de Estatuto de la Asociación Completo

Artículo 31° El Directorio tiene a su cargo la administración de la asociación, en conformidad a las disposiciones del presente estatuto y a los acuerdos de la Asamblea.

Artículo 32° El Directorio estará compuesto por nueve miembros, cuyos cargos serán los siguientes:

1. Presidente.
2. Vicepresidente.
3. Secretario (a) – Ministro de fé
4. Tesorero (a)
5. Director(a)
6. Director(a)
7. Director(a)
8. Director/a
9. Director/a (Cargo en convocatoria)
10. Comisión Revisora de cuentas (3 integrantes)

Artículo 33°. Los miembros del Directorio prestarán servicios durante tres años en sus cargos. Y podrán ser reelegidos hasta por un nuevo período consecutivo; debiendo proceder a su renovación, en las elecciones a realizarse en el mes de julio del año que corresponda. Una nueva postulación es posible tras un cese de funciones por al menos un periodo.

Artículo 36° Los directores ejercerán su cargo gratuitamente, pero tendrán derecho a ser reembolsados de los gastos que se incurran al haber efectuado el ejercicio de su función, este reembolso debe ser autorizado por el directorio.

Artículo 38° Son atribuciones y obligaciones del Directorio:

  1. Tener a su cargo la dirección de los asuntos sociales, de acuerdo a lo fijado por la Asamblea y los estatutos, debiendo hacer cumplir sus acuerdos por intermedio del Presidente.
  2. Administrar el patrimonio de la asociación.
  3. Gravar o enajenar, comprar, vender y permutar, dar y tomar en arrendamiento, celebrar toda clase de contratos sobre bienes muebles, otorgar prendas, fianzas o cualquier otra garantía. Para ello debe contarse con la aprobación de la mayoría absoluta de los miembros del Directorio. Respecto de los actos sobre inmuebles, se estará a la letra e) del artículo 19 de estos estatutos.
  4. Disponer la confección de un balance que comprenda, desde el 1 de enero al 31 de diciembre de cada año, el que deberá ser firmado por un contador y someterse a la aprobación de la Asamblea en la oportunidad más próxima, de acuerdo a la periodicidad con que esta se reúna.
  5. Convocar a la Asamblea, cumplir los acuerdos adoptados por la Asamblea.
  6. Resolver sobre el ingreso de socios y excluirlos por las causales y de acuerdo al procedimiento señalado en estos estatutos y cursar las renuncias de los socios que no podrán ser rechazadas, en ningún caso.
  7. Designar las comisiones de trabajo, que se estimen necesarias y que digan relación con el objeto social, integradas por socios y/o directores, e incluso por terceras personas, con el fin de cumplir mandatos específicos y por tiempo determinado.
  8. Atribuciones para gestión de personal o recursos humanos; que permita contar con equipo necesario para cumplir labores de la Asociación.
  9. Proponer a la Asamblea General los reglamentos internos, aclaraciones, rectificaciones o modificaciones a los estatutos que se estimen convenientes.
  10. Aclarar las dudas que existan con motivo de la aplicación de los estatutos, reglamentos o acuerdos del Directorio o de la Asamblea.
  11. Definir de entre sus integrantes quienes conformarán la Comisión de Ética. Mediante sorteo, cuatro miembros serán designados por un período de 1 año y medio. Al término de este período, los participantes de esta Comisión se deben cambiar hasta completar el mandato.

Artículo 41° El Directorio celebrará sus sesiones periódicamente, reuniéndose, al menos una vez al mes; no obstante, podrá no hacerlo durante el mes de febrero.

POSTULACIÓN

  • Enviar CV completo al email floristaschile@gmail.com antes del 1 de junio. Usar formato disponible para descargar.
  • Enviar fotografía que será utilizada para compartir a socios junto a antecedentes de postulación al mismo email.

También te podría interesar: