CARGO
Director(a) Floristas Chile, representante del área de producción de flores
PERIODO
Noviembre 2020 – noviembre 2023
CIERRE POSTULACIÓN
Martes 1 de junio para envío de documentación.
VOTACIÓN
Lunes 7 de junio en Asamblea
REQUISITOS
Obligatorios por Estatuto
- Ser socio o la persona natural que representa a la Persona Jurídica Socia de Floristas Chile
- Cumplir con los requisitos exigidos en el artículo 10 del Decreto Ley 2757 de 1979. Que dice: Para ser director de una asociación gremial, se requiere:
- Ser chileno. Sin embargo, podrán ser directores los extranjeros siempre que sus cónyuges sean chilenos, o sean residentes por más de cinco años en el país o tengan la calidad de representantes legales de una entidad, afiliada a la organización, que tenga a lo menos tres años de funcionamiento en Chile.
- Ser mayor de 18 años de edad.
- Saber leer y escribir.
- No haber sido condenado por crimen o simple delito, y
- No estar afecto a las inhabilidades o incompatibilidades que establezcan la Constitución Política o las leyes.
- Encontrarse al día en el pago de sus cuotas (como aún no se ejecuta este deber no aplica)
Importantes para el cargo
- Vínculo cercano con el área de producción de flores.
- Disponibilidad de al menos 2 horas semanales para reunión de equipo y realización de acciones fuera de esta reunión.
Deseables
- Relaciones interpersonales positivas
- Compromiso social
- Trabajo en equipo
- Probidad (moralidad, integridad y honestidad u honradez)
- Responsabilidad
- Liderazgo
RESPONSABILIDADES
Antecedentes de Directorio – Estatuto de la Asociación.
*Se recomienda la lectura de Estatuto de la Asociación Completo
Artículo 31° El Directorio tiene a su cargo la administración de la asociación, en conformidad a las disposiciones del presente estatuto y a los acuerdos de la Asamblea.
Artículo 32° El Directorio estará compuesto por nueve miembros, cuyos cargos serán los siguientes:
1. Presidente.
2. Vicepresidente.
3. Secretario (a) – Ministro de fé
4. Tesorero (a)
5. Director(a)
6. Director(a)
7. Director(a)
8. Director/a
9. Director/a (Cargo en convocatoria)
10. Comisión Revisora de cuentas (3 integrantes)
Artículo 33°. Los miembros del Directorio prestarán servicios durante tres años en sus cargos. Y podrán ser reelegidos hasta por un nuevo período consecutivo; debiendo proceder a su renovación, en las elecciones a realizarse en el mes de julio del año que corresponda. Una nueva postulación es posible tras un cese de funciones por al menos un periodo.
Artículo 36° Los directores ejercerán su cargo gratuitamente, pero tendrán derecho a ser reembolsados de los gastos que se incurran al haber efectuado el ejercicio de su función, este reembolso debe ser autorizado por el directorio.
Artículo 38° Son atribuciones y obligaciones del Directorio:
- Tener a su cargo la dirección de los asuntos sociales, de acuerdo a lo fijado por la Asamblea y los estatutos, debiendo hacer cumplir sus acuerdos por intermedio del Presidente.
- Administrar el patrimonio de la asociación.
- Gravar o enajenar, comprar, vender y permutar, dar y tomar en arrendamiento, celebrar toda clase de contratos sobre bienes muebles, otorgar prendas, fianzas o cualquier otra garantía. Para ello debe contarse con la aprobación de la mayoría absoluta de los miembros del Directorio. Respecto de los actos sobre inmuebles, se estará a la letra e) del artículo 19 de estos estatutos.
- Disponer la confección de un balance que comprenda, desde el 1 de enero al 31 de diciembre de cada año, el que deberá ser firmado por un contador y someterse a la aprobación de la Asamblea en la oportunidad más próxima, de acuerdo a la periodicidad con que esta se reúna.
- Convocar a la Asamblea, cumplir los acuerdos adoptados por la Asamblea.
- Resolver sobre el ingreso de socios y excluirlos por las causales y de acuerdo al procedimiento señalado en estos estatutos y cursar las renuncias de los socios que no podrán ser rechazadas, en ningún caso.
- Designar las comisiones de trabajo, que se estimen necesarias y que digan relación con el objeto social, integradas por socios y/o directores, e incluso por terceras personas, con el fin de cumplir mandatos específicos y por tiempo determinado.
- Atribuciones para gestión de personal o recursos humanos; que permita contar con equipo necesario para cumplir labores de la Asociación.
- Proponer a la Asamblea General los reglamentos internos, aclaraciones, rectificaciones o modificaciones a los estatutos que se estimen convenientes.
- Aclarar las dudas que existan con motivo de la aplicación de los estatutos, reglamentos o acuerdos del Directorio o de la Asamblea.
- Definir de entre sus integrantes quienes conformarán la Comisión de Ética. Mediante sorteo, cuatro miembros serán designados por un período de 1 año y medio. Al término de este período, los participantes de esta Comisión se deben cambiar hasta completar el mandato.
Artículo 41° El Directorio celebrará sus sesiones periódicamente, reuniéndose, al menos una vez al mes; no obstante, podrá no hacerlo durante el mes de febrero.
POSTULACIÓN
- Enviar CV completo al email floristaschile@gmail.com antes del 1 de junio. Usar formato disponible para descargar.
- Enviar fotografía que será utilizada para compartir a socios junto a antecedentes de postulación al mismo email.